domingo, 15 de mayo de 2011

Qué pasa con el Trabajo infantil

El artículo 34 de la ley deja claramente establecida la prohibición de admitir menores de 15 años en algún empleo u ocupación.



Los menores de quince años pueden excepcionalmente desempeñar actividades remuneradas de orden artístico, cultural, recreativo o deportivo, siempre que no se afecte su salud ni su proceso educativo

No hay comentarios:

Publicar un comentario